Se dictó Sentencia Definitiva mediante la cual se declaró CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos FRANCISCO ESTEBAN ESPINOZA y RUMILDE CORREA DE ESTEBAN. Como consecuencia de lo anterior quedó DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha 30 de mayo de 1979, ante la Primera Autoridad del Distrito Bolívar (hoy Municipio Bolívar), del Estado Táchira, según consta en acta Nº 100. Asimismo se ordenó librar oficios de participación a las autoridades correspondientes y remitir copias certificadas de la decisión, conforme lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos respectivos por la parte interesada. Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-