Por todos los razonaminetos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara Con Lugar el presente recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 1053-2005, de fecha 06 de septiembre de 2005, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, mediante la cual ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana Gipsy Andrea Sequera Padilla.
SEGUNDO: en virtud del particular anterior, se anula la decisión recurrida contenida en la Providencia Administrativa Nº 1053-2005, de fecha 06 de septiembre de 2005, emanado de la Inspectoría del Trabajo en el Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda.
TERCERO: Se ordena la notificación de la partes de la presente decisión.
CUARTO:.....