este Tribunal, en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes; Igualmente, por cuanto fue consignado cheque de gerencia del Banco Provincial N° 00198671, a favor de este Juzgado, por la suma de Cuarenta y Seis Millones Cuatroceitnos Veintinueve Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho Bolívares con Quince centimos (Bs. 46.429.438, 15), por concepto de finiquito de la deuda objeto del presente juicio, ordena realizar su deposito en la Cuenta Corriente N° 0044470600017070, del Juzgado Octavo De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; Asimismo, suspende la Medida de Embargo Ejecutivo, decretado en fecha 05/12/2005,.....