Se DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los referidos ciudadanos, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil; y en virtud de ello, SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los prenombrados ciudadanos EUDES ANTONIO DEVIA SANCHEZ y MARGARET YUBERLY PERDOMO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V- 16.155.724 y V-19.999.182, respectivamente, contraído en fecha, 28 de diciembre de 2009, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 45.