Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MAYRA ALEJANDRA CALZADILLA PARRA y RAFAEL EDUARDO MIRELES CORONADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros 18.028.774, 17.758.436, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en 11 de mayo de 2017, ante el Registro Civil de la Parroquia Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 109 del año 2017.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes de conformidad con lo establecido en los ar.....