PUNTO PREVIO
Igualmente, este Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pasa a motivar la efectiva no comparecencia a la Audiencia de la parte Demandada la sociedad mercantil DIVISIÓN DE MANTENIMIENTOS VENEZOLANOS DIDEMAVEN C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº85, Tomo 40-A-Pro., en fecha 13 de septiembre de 1984, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que esta Juzgadora presumió la Admisión de los Hechos alegados por la parte Demandante y difirió para dentro de los cinco días hábiles siguientes al diez (10) de junio de dos mil ocho (2008), el pronunciamiento y publicación del texto íntegro del fallo, de conformidad con sentencia de la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Francisco C.....