Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas y en concordancia con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA UNICAMENTE en cuanto a la materia laboral la transacción presentada en la presente Oferta Real de Pagos, que hiciere SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS, C.A, a favor del ciudadano HUGO PINEDA, ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. Finalmente, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se establece.-
El Juez
El Secretario
Abg. A.....