Seguidamente por cuanto no comparecieron el resto de los órganos de prueba para su evacuación y que fueron debidamente citados por el Tribunal, se acuerda suspender la presente audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 335 numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, para la continuación del mismo el cual queda fijada para el día MIERCOLES 18-10-2006 a las 9:30 a.m., en consecuencia líbrese las respectivas boletas de citación a los órganos de prueba que no han comparecido. Se declara cerrada la presente audiencia, siendo la una y cuarenta y tres (1:43 a.m.) horas de la tarde. Quedan debidamente notificadas las partes para la lectura y firma de la presente acta, conforme a lo previsto el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo