este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana OLY JANNETT RODRÍGUEZ DE SALCEDO en contra del ciudadano ANTONIO JUVENAL SALCEDO GARANTÓN, ambos plenamente identificados al inicio de este fallo, por haber quedado plenamente probada en autos la causal contenida en el Ordinal 2° del Artículo 185 del Código Civil, alegada en el escrito libelar, y consecuencialmente queda DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL efectuado en fecha 11 de septiembre de 1987, ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de matrimonios llevados por dicho organismo, bajo el acta distinguida con el Nº 434, conforme los lineamientos explan.....