Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte actora. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la impugnación de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte actora; todo ello en el juicio seguido por el ciudadano FRANK JOSÉ MARTINEZ RODRÍGUEZ contra PROYECTOS PALACIOS C.A., en consecuencia la demandada deberá pagar a la parte actora la cantidad TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y SIETECENTIMOS (Bs. F 359.139,77), cuyos cálculos se realizan en acatamiento a los parámetros establecidos en sentencia de fecha 28 de septiembre de 2010, emanada del Juzgado Primero Sup.....