Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley imparte la HOMOLOGACION al desistimiento plasmado. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se suspende la medida cautelar innominada decretada por este Despacho. Particípese de tal suspensión al Juzgado 28 de Municipio de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio.
Se condena en costas a la parte accionante.