En consecuencia, este Tribunal por los motivos antes señalados, decreta medida cautelar de carácter innominado mediante el cual se prohíbe a la sociedad mercantil Servicios Iglalsan, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha 28 de agosto de 2017, bajo el N° 38, Tomo 148-A, domiciliada en Caracas, la celebración o ejecución de cualquier acto de administración y/o disposición que tenga por objeto bienes propiedad de la Compañía o que se hallen relacionados con la misma.
Líbrense oficios al Registro correspondiente, así como al Servicio Autónomo de Registros y Notarias (SAREN). Es todo.-