En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que presentó Hernán Miguel Nieves Berti contra Librería Centro de Orientación Filosófica, s.a. arriba identificadas.
En consecuencia adopta las siguientes resoluciones:
1. Declara extinguido el contrato objeto de juicio por razón del vencimiento de la prórroga legal.
2. Como consecuencia de dicha extinción, condena a la parte demandada a que proceda a cumplir con su obligación de devolverle el inmueble arrendado, arriba señalado, a la parte actora libre de bienes y personas, en las mismas condiciones en que lo recibió.
3. Lo condena a pagarle a la parte actora el equivalente de un treintavo (1/30) del canon de arrendamiento estipulado en el contrato, por cada día que pase en entregar el inmueble; esto es la cantidad de Bs.14.333,33 diario desde el 01 de noviembre de 2007 hasta la entrega del inmueble; ya .....