En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuestos en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE:
-PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión que por Cumplimiento de contrato de Arrendamiento incoaran los ciudadanos GIACOMO PORFIDO TURCHIANO y ROSA CORRIERE DE PORFIDO, en contra del ciudadano FRANCISCO JAVIER LUGO RODRIGUEZ, ambas partes plenamente identificadas.
-SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se CONDENA a la parte demandada en la causa, ciudadano FRANCISCO JAVIER LUGO RODRÍGUEZ, a dar Cumplimiento a lo pactado mediante contrato de Arrendamiento suscrito por ante la Notaria Pública Primera del Municipio Sucre del Estado Miranda en fecha 17 de Abril de 2008, anotado bajo el N° 57, Tomo 55 de los Libros de Autenticacio.....