Este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos DILIA INES PÉREZ ANGARITA Y OSCAR JOSÉ PÉREZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-9.145.363 y V-9.145.471, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de julio de 1989, por ante el Registro Civil de la Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 194, del libro de matrimonios correspondiente al año 1989, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.