Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, (EN TRANSICIÓN), Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo estatuído en los artículos 12, 242, 243 y 546 del Código de Procedimiento Civil DECLARA: SIN LUGAR LA OPOSICION A LA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO practicada el 21-11-2006 por el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROSCIO, SIFONTES, EL CALLAO Y GRAN SABANA DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR el veintiuno (21) de Noviembre de 2006, planteada por la Municipalidad Sifontes del Estado Bolívar, en el juicio que por ejecución de Hipoteca incoare DEL SUR ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO C.A contra ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDAS " LOMAS DE TUMEREMO A.C", todos identificados en la primera parte de la presente decisión.