Igualmente, las partes reconocen la fecha de ingreso, de egreso, el cargo y los salarios señalados en el libelo. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago en un pago único el día de hoy, mediante cheque a favor de la parte Actora, librado contra el Banco del Caribe Nº24913414 por la cantidad de Bs.F.100.000,00, a los fines de dar por concluido el presente juicio, así también se ordena agregar a los autos en un folio útil copia simple del instrumento valor mediante el cual se da cumplimiento a la obligación. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por con.....