En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara; UNICO: IMPROCEDENTE la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la República Bolivariana de Venezuela, por Órgano del Ministerio del Poder Popular Para la Comunicación e Información, contra la Providencia Administrativa N° 0110/2012, de fecha 13 de agosto de 2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Capital y Vargas (DIRESAT), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana Yajaira Gutiérrez Origuen, titular de la cedula de identidad Nº 6.014.178.