este Tribunal Décimo Quinto de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, haciendo uso de las facultades conferidas en el literal "c" del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Adolescentes, Niñas y Niñas, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 110 del Código Civil, le DISCIERNE el cargo de CURADOR AD-HOC de la niña ****, de nueve (9) años de edad, a la ciudadana NORMA PEREZ DE CARNEVALI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nº V-2.145.384, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo. Se INSTA al solicitante a consignar.....