Seguidamente, vista la sentencia dictada por el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de enero de 2018, mediante la cual se declara incompetente para conocer esta causa en virtud de la materia, declinando su conocimiento en este Órgano Jurisdiccional; este Tribunal comparte el criterio expuesto en el fallo mencionado supra, dictado por el referido Juzgado, y en consecuencia ACEPTA la competencia para conocer este asunto.