-III-
DECISIÓN
Ateniendo a todo lo expuesto, de este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos HECTOR RAMÓN GÓMEZ MUJICA y DARYISA OLYMAR PAREJO CENTENO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 6.322.029 y V-11.936.033, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha veinticinco (25) de marzo de 1994, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín de Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el No. 17, del libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídase copias certificadas de la p.....