En consecuencia, vistas las consideraciones anteriores, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de febrero de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró sin lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano Richard Eduardo Pérez Parada contra la empresa Aei Internacional Cpa´s. Tercero: Se condena en costas a la parte actora, conforme a lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.