Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la acción reivindicatoria incoada por JOSÉ MANUEL OTERO GARCÍA y ALEXANDRO OTERO GARCÍA contra la ciudadana ROSA ELVIRA CANELO HERNÁNDEZ, ambas partes ampliamente identificadas con anterioridad, en consecuencia se condena a la demandada a hacer entrega a los demandantes del inmueble determinado a continuación: Una casa y el terreno donde está construida, ubicada en el lugar "Filas de Mariches", Hacienda "Las mercedes", hoy conocido como kilómetro 14, Urbanización Los Guayabitos, casa N° 3, (con la salvedad anotada a la pagina 14 de esta sentencia) Jurisdicción del Municipio Sucre (anteriormente Petare) del Estado Miranda, cuyos linderos son: Norte: en seis metros setenta y cinco centímetros (6.75Mts) con carretera Petare-Santa Lucía. SUR; En seis metros setenta y cinco centímetros (6,75Mts) con terreno.....