Se Homologó el Acta de Homologación del Convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por la ABG. GLORIA VILLA, Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes No. 310 adscrita a la Defensoría No. 004 Casa municipal de la Mujer Parroquia San Juan del Municipio Libertador, actuando en el interés superior del niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad, a solicitud de los ciudadanos: FREDERICK ALEXANDER FIGUEROA RODRIGUEZ y YESENIA CAROLINA CHACON RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-15.200.271 y V-18.367.269, respectivamente.