DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa, incoada por INSTITUTO NACIONAL DE NUTRICIÓN contra la Providencia Administrativa N° 0001-2008 dictada en fecha 02 de enero de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital. SEGUNDO: Se deja constancia que el lapso de cinco (05) días hábiles para ejercer los recursos que considere en contra de la presente decisión, comenzará a computarse desde el día hábil siguiente a su publicación.