En base a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la causa seguida al adolescente(Identidad omitida), de 17 años de edad para la fecha de ocurrido los hechos, titular de la Cédula de Identidad N° V-(Identidad Omitida), venezolano, de profesión u oficio: Indefinido, hijo de TESORERO IRMA y RIVERO WILLIAM y residenciado en: Barrio Nueva Vista, Callejón La Estrella, Casa N° 5, Antímano, por la presunta comisión de uno de los delitos LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER LEVE, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano MEMPHYS ALLIAN BELLORIN PINO, en fecha 31/07/1998, todo ello de conformidad a lo establecido en los 561 literal “d”, 615 de la Ley Orgánica.....