Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada el 22 de mayo del 2013, por una parte por el abogado JESÚS LÁZARO LANDAETA, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte intimada, ciudadanos RITA IDALMIS ISTÚRIZ de PÉREZ y PEDRO RAFAEL PÉREZ ÁLVAREZ, y por la otra, el profesional del derecho FERNANDO FERNÁNDEZ, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil BANCO MERCANTIL C.A., BANCO UNIVERSAL, en los mismos términos expuestos por las partes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, en concordancia con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por consumado el acto. Procédase como en sentencia pasada en autoridad .....