En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 30 de abril de 2013, la cual queda confirmada en todas sus partes. SEGUNDO: Injustificada la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia preliminar celebrada ante el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, el 03 de abril de 2013, a las 9:00 a.m., en el juicio por indemnización de accidente laboral, seguido por JOSE MANUEL CURIEL LINARES contra S.I.V.P. LA SEGURIDAD, C.A., ambos ya identificados. TERCERO: Con lugar la dem.....