El Tribunal a través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA, declaró IMPROCEDENTE EN DERECHO la solicitud realizada en la demanda por la parte actora, relativa al decreto de la medida de secuestro sobre el inmueble arrendado constituido por un apartamento distinguido con la letra y número 1-A, piso 1 del edificio "GOLF PARK SUITES", ubicado al frente de la Avenida La Capilla de la Urbanización Caribe del Municipio Vargas del Estado Vargas, conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.