declara preventivamente Embargadas la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA CON VEINTISIETE CENTIMOS (Bs.79.190,27), contenida en la cuenta corriente antes señalada y las deja bajo la guarda y custodia del Banco Exterior, a quien se designa depositario de las misma en la persona del notificado antes identificado quien en nombre de su representado aceptó el cargo y juró cumplirlo fiel y cabalmente, y deberá realizar los trámites pertinentes para el resguardo de las cantidades de dinero aquí embargadas y siendo las 4:00 p.m