este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 202 ° y 153°.
La Juez
Luisa Andreina Rosales Zambrano
La Secretaria
Adriana Bigott
Apoderados judiciales de la parte demandada
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Adriana Bigott