Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 06 de junio de 2011, por el abogado ROBERTO SALAZAR, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano CARLOS BRENDER A., contra la sentencia dictada el 30 de Mayo de 2011, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la falta de cualidad, opuesta por los abogados MARIOLGA QUINTERO TIRADO y GUSTAVO DOMINGUEZ FLORIDO, en su escrito de oposición al derecho al cobro de honorarios profesionales.
TERCERO: SIN LUGAR el derecho al cobro de honorarios profesionales interpuesto por el ciudadano CARLOS BRENDER A., con.....