En este orden de consideraciones, la representación judicial de la parte demandada AMUNDARAY MORILLO SARA JOSELYN, Abogada inscrita en el IPSA bajo el N° 296.974, acreditación que consta en autos, dio cumplimiento a lo condenado, a favor de la parte Demandante ciudadano PINEDA CARBAJAL ZENÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.199.362, más el excedente acordado por las partes, a saber, la cantidad de DIEZ BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs D. 10,00). En consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, que da cumplimiento a lo condenado en el Decreto de Ejecución Forzosa dictado por este Tribunal en fecha 25 de marzo de 2019. A tal efecto, que una vez transcurran los lapsos previstos para la impugnación del presente acuerdo, se proceda al cierre y archivo del expediente. Así se decide.-