este Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA, la presente solicitud de Divorcio 185-A, incoada por los ciudadanos JENDRY ROLANDO M OLINA MOLINA y MILAGROS DEL VALLE CASTAÑEDA ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.203.385 y V-11.507.803, respectivamente, por lo cual se ordena su CIERRE Y ARCHIVO.