En el día de hoy, 12 de diciembre de 2016, a las 10:00 a.m., siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora y codemandadas por si mismos o por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, se deja constancia que de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara el Desistimiento del Procedimiento y Terminado el Proceso en la presente causa, y una vez firme la presente decisión, se dictará por auto separado, en su debida oportunidad procesal, el cierre y archivo del presente expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-