DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 254 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ÚNICO: Declara SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) sigue la sociedad mercantil SEGURIDAD INTEGRAL, RESGUARDO Y SERVICIOS TÉCNICOS DE AMÉRICA, SINTRAMERICA contra la Sociedad Mercantil OFICINA DE INGENIERÍA MAGGIO, C.A.
Déjese copia certificada de la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 248 ibidem.-
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Por haberse publicado la presente decisión fuera del lapso, se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo .....