este JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como punto PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra el acta de fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil diecisiete (2017), emanada del Juzgado Cuadragésimo tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el acta de fecha diecisiete (17) de octubre de dos mil diecisiete (2017). TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada las características del presente fallo.