Por todos los fundamentos de derechos antes expuestos, este Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente RECTIFICACIÓN DE DOCUMENTO PÙBLICO, presentada por los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO NOFFRA, JORGE JUAN NOFFRA, CESAR ANTONIO RODRIGUEZ NOFFRA e ISABEL CRISTINA RODRIGUEZ NOFFRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.612.192, V-4.565.167, V-12.164.627 y V-13.044.348, respectivamente; y en consecuencia se ordena la Rectificación de los siguientes instrumentos, en los términos que de seguidas se indica:
a) El documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito .....