(...)Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano VLADIMIR JESUS RIOS WESSOLOSSKY, contra la JUNTA DE ADMINISTRACIÓN AD HOC, que asumió por decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de febrero de 2011, la administración y disposición de los bienes necesarios para el mantenimiento operativo y funcional de la sociedad mercantil EDIFICACIONES DE VIVIENDA SOCIAL, EDIVISO, C.A., antes identificados. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo(...)