Este Juzgado Septimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas ( En Transición), Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 242, 243 y 441 del Código de Procedimiento Civil, declara:
SIN LUGAR LA TACHA DE DOCUMENTO PRIVADO ( pagaré emitido por el Banco Construcción, C.A, identificado con el Nº 75.274, por un monto de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 49.420.000,ºº), de fechas de vencimientos tal y como se establece en el instrumento 17, 20 de diciembre de 1993 y 03 de abril de 1994, que riela al folio 10 del expediente principal) , PROPUESTA EL 27 de marzo de 2001, por el abogado RAÚL RAMÍREZ SENIA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano DAVE PEDRO MARSDEN FORDE, identificados en la primera parte de la presente d.....