En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: SALVADOR FRANCISCO HERNANDEZ e ISABEL MARTINA SANCHEZ DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, de este domicilio, cónyuges entre sí, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 5.073.570 y V.- 2.764.663, respectivamente. con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 15 de Agosto de 1987, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, según acta Nro. 210, del Folio Nro. 326.