Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en derecho; y por vía de consecuencia se aparta a la Abg. BELLA DAYANA SEVILLA JIMENEZ, en su carácter de Jueza del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de seguir conociendo de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano LUIS DAVID CONTRERAS GUEVARA y la empresa SUMIPUBLICIDAD, C.A., contra los ciudadano ALEXANDER PAREDES y MARCELL PAREDES.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión, y remítase el expediente en su oportunidad al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia.....