DISPOSITIVA
Por las razones que se expusieron, esta Corte Única de Apelaciones del la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal Constitucional, administrado justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE al no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de octubre de 2017, por el ciudadano HECTOR JHONNY CONDE DUARTE, quien dice ser defensor privado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de octubre del año 2017, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional incoada contra de la secretari.....