Como consecuencia de lo antes expuesto, considera quien decide negar la homologación al acuerdo transaccional suscrito, considerando el monto recibido por la trabajadora oferida como un pago a cuenta de prestaciones sociales; todo en el procedimiento de Oferta de Pago realizado por la entidad de trabajo SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y DE PERSONAL C.A, a favor de la ciudadana SANDRA ISABEL CASTILLO ARRIETA; no habiendo condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido. Así se decide.