Por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la ciudadana Irma Josefina Medina De Mendoza, debidamente asistida por la abogado Regina Kauan, en fecha veintisiete (27) de octubre de 2017 en contra del auto de fecha veintiséis (26) de octubre de 2017.
SEGUNDO: Se confirma el auto de fecha veintiséis (26) de octubre de 2017, dictado por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haberse confirmado la sentencia recurrida se condena en costas a la parte accionante.