Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MARTIN MUÑOZ, contra el demandado NORAYDA MARTINEZ y consecuencialmente, se condena a esta última a cancelar a la actora los siguientes conceptos y cantidades 1) Indemnización por el Tiempo Laborado de conformidad con el art. 281 de la LOT, 15 días genera la cantidad de (Bs.F. 499,99); 2) AGUINALDO: De conformidad con el Art. 278 de la LOT, correspondiéndole (15) días, genera la cantidad de Bs.F 499,99; 3) SALARIO RETENIDOS: Por los meses de servicio del mes mayo junio y julio, la cantidad 90 días, Bs.F. 2.299,70 para un total de BOLIVARES TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 68/100 CENTIMOS (Bs.F. 3.999,68).- SEGUNDO: Se ordena el pago de lo.....