Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y CON COMPTENCIA EN EL ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 652 del Código de Procedimiento Civil, se deja SIN EFECTO el Decreto Intimatorio dictado en fecha 26 de septiembre de 2010, en contra del ciudadano RAFAEL GREGORIO CORREA RIOS, productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V-9.685.624, en su carácter de de deudor principal del Préstamo a interés bajo la modalidad de Pagaré Bancario, y del ciudadano ANGEL RAFAEL TAVERA REQUENA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.835.702, en su carácter de Fiador Solidario y Principal Pagador, de sus obligaciones.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se acuerda la tramitación de la presente causa por el procedimiento o.....