En fuerza de las razones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (LOCAL COMERCIAL) sigue la Sociedad Mercantil INBEFAR, C.A. contra la sociedad mercantil INVERSIONES SAM 2002, C.A., ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Como consecuencia de tal pronunciamiento este tribunal declara resuelto el contrato suscrito entre las partes en fecha 07 de febrero de 2008 por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Chacao del Estado Miranda, e igualmente el autenticado en fecha 20/02/2008, por ante la Notaría Pública Primera de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, y se condena a la parte demandada hacer la entrega material, real y efectiva a la parte actora libre de bienes y personas del inmueble que a continuación se determina: "local comercial, ubicado en la Avenida Principal d.....