DECLARA: : PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesto por el ciudadano ROBERTO EMILIO GUARISMA USCATEGUI, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.976.787, contra "TE. SA. M. DE VENEZUELA, sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy, Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 28 de febrero de de 1997, bajo el No. 56, Tomo 96-A-Qto; SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CÚMPLASE, REGISTRASE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA DE LA ANTERIOR DECISIÓN
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en ésta ciudad, a lo.....