Por todas las consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la apelación ejercida por la parte demandada contra la decisión dictada el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de mayo de 2007. Segundo: Sin lugar la defensa de prescripción opuesta por la accionada. Tercero: Con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano José Gregorio Cedeño Fernández, contra la empresa Reconstrucciones de Partes Automáticas (Reparmatic), y se ordena a esta última a cancelar al accionante, los conceptos declarados procedentes, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada en la parte motiva. Cuarto: Se modifica la decisión apelada. Quinto: Dada la naturaleza del.....